No admitieron su recurso pero...
Aunque es cierto que la sentencia es firme y no admite recurso, sí se puede recurrir la forma de la misma.
Tal y como ha explicado el colaborador, cuando sucedieron los hechos, en 2015, había un Código Penal y en el momento del juicio, otro. En el Código anterior, si no pagas la pensión y la condena es menor de 2 años no ingresas en prisión. Sin embargo, el Código nuevo estable que "para no ingresar en la cárcel tienes que haber satisfecho la responsabilidad civil aunque la pena sea menos de dos años".
Por lo tanto, el abogado de Chiquetete ha recurrido que los hechos ocurrieron mientras estaba vigente el Código Civil, anterior, es decir, el que no exige pena de cárcel por impago.